El martes 13 la Iglesia Católica saldrá en Cruzada contra la igualdad de derechos en el matrimonio, que el Senado tratará el miércoles 14. Bergoglio convocó a una “guerra de Dios”, invocando un supuesto orden natural, tal como se fundamentó la represión dictatorial el siglo pasado. El proyecto de Unión Civil, que sólo podría tratarse violando la Constitución, daría consagración legal a la discriminación y el desprecio y el estigma y suprimiría derechos hoy vigentes.
Por Horacio Verbitsky
El proyecto de ley de Unión Civil impulsado con el mayor sigilo por el presidente de la Iglesia Católica argentina, Jorge Bergoglio, procura restringir en virtud de la orientación sexual derechos que la Constitución y las leyes reconocen a todas las personas que viven en el país. La Unión Civil obraría así como un elemento de identificación de las personas a ser discriminadas, al estilo del triángulo rosa que debían utilizar los homosexuales en Alemania durante el gobierno nazi y que la Comunidad Homosexual Argentina ha estilizado en su distintivo. El proyecto, presentado en forma irregular y violatoria de los preceptos constitucionales sobre la formación de las leyes, constituye así una trampa: ofrece ciertos beneficios aparentes, que en asuntos previsionales, patrimoniales y sucesorios deben celebrarse mediante convenios separados como si se tratara de transacciones comerciales entre desconocidos, a cambio de la estigmatización de quienes se sometan en forma voluntaria a ese régimen de tipo inquisitorial. Incluso obliga a fijar un sitio de residencia común.
La guerra santa
Forma parte de la cerrada ofensiva del Episcopado Católico, dirigida al gobierno nacional pero que ataca a la institucionalidad democrática en su conjunto. La reforma a la ley de matrimonio civil dividió a todos los bloques y sólo forzando la realidad podría atribuirse sólo al oficialismo. El 25 de mayo, el Episcopado transmitió al gobierno nacional un pedido de amnistía firmado por los ex dictadores Jorge Videla y Benito Bignone, el sacerdote Christian von Wernich y un centenar de ex militares, marinos, policías, penitenciarios y agentes civiles de Inteligencia detenidos por su participación en crímenes de lesa humanidad. Como la entrega se realizó sin la nota de estilo que la acompañara, el Poder Ejecutivo devolvió la solicitud al Episcopado sin comentarios. En junio Bergoglio presentó un manifiesto opositor elaborado por Roberto Dromi, José Jaunarena y otros ministros de Menem, De la Rúa y Duhalde, que reclama autarquía para el Banco Central, eliminar retenciones a la soja, minimizar las políticas sociales, fundir Seguridad con Defensa y reprimir el conflicto social. Algunas de estas son políticas centrales de los gobiernos kirchneristas, pero otras constituyen consensos básicos de la democracia recuperada en 1983. Para explicar su oposición a la ley de matrimonio, el cardenal porteño dijo que se trataba de “una guerra de Dios” contra “el Padre de la Mentira”, ya que Satanás pretende destruir “el plan de Dios” y la ley divina, “grabada en nuestros corazones”. El vicejefe del gabinete de ministros a cargo de las relaciones parlamentarias y dirigente socialista Oscar González, rechazó esta posición “fundamentalista” que “irrumpe con inusitada violencia en el ámbito de la deliberación democrática y llama al odio entre los argentinos. Quien debiera estar predicando la paz y la tolerancia anda convocando a una guerra santa y a realizar actos políticos callejeros para presionar al Senado de la Nación”. El obispo de La Plata, Héctor Aguer, dijo el viernes que se trataba de una guerra cultural contra el catolicismo. Bergoglio y Aguer fueron los principales colaboradores del ex primado de la Argentina, Antonio Quarracino, quien en 1994 dijo que lesbianas y gays eran “una sucia mancha en el rostro de la Nación”, que debería encerrarlos en un ghetto, dentro del que podrían hacer lo que quisieran. La idea de una ley divina, estricta e inmutable, cuya interpretación sólo corresponde a una casta sacerdotal, y todo apartamiento de la cual debe ser punido como una subversión demoníaca del orden natural, está en la base de la represión dictatorial que con la bendición de la jerarquía católica destrozó a la Argentina entre 1976 y 1983.
Ocho años de vértigo
El primer proyecto de Unión Civil fue presentado en 2005 por la Comunidad Homosexual Argentina. A diferencia de la ley porteña sancionada en 2002, la elaborada por la CHA incorporaba todos los derechos (pensión, patria potestad compartida y adopción, herencia, beneficios previsionales y de obra social) para todas las parejas, con indiferencia del sexo de sus integrantes. Esta unión civil contemplaba una menor injerencia del Estado que en el matrimonio: no exigía la monogamia, ni regulaba la anulación del contrato por la existencia de ciertas condiciones físicas y de salud, pero no fue tratado por el Congreso. Dos años después la exigencia ya pasaba por la equiparación plena con el matrimonio heterosexual. Otros proyectos similares llevaron la firma de legisladores de los principales bloques. El proceso político se aceleró a partir de noviembre de 2009 por la sucesión de fallos judiciales que permitieron el matrimonio de varias parejas de hombres y otras de mujeres, en algunos casos previa declaración de inconstitucionalidad del artículo 172 del Código Civil que requiere que los contrayentes sean un hombre y una mujer. El 4 de mayo, por 125 a 109 y seis abstenciones, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Vilma Ibarra, que hoy integra el Nuevo Encuentro de Martín Sabbatella, y de la socialista Silvia Augsburguer. Tanto las posiciones a favor como en contra cruzan el espectro político: 45 kirchneristas y aliados votaron a favor y 30 en contra, con 10 ausentes; 46 radicales y sus aliados del socialismo, el GEN y la Coalición Cívica Libertadora apoyaron la ley, pero 18 se opusieron, cuatro se abstuvieron y uno se ausentó. Sin embargo, la jerarquía católica decidió cuestionar al gobierno nacional y no a los otros partidos. Tanto esas sentencias como la sanción legislativa no establecen derechos diferentes según el sexo de quienes contraigan matrimonio. Tampoco obligan a la fidelidad ni la cohabitación. Durante el debate sobre la legislación de un estado laico, Ibarra aclaró que su proyecto no da derechos a adoptar a homosexuales y lesbianas, que ya lo tienen, dado que la ley de adopción no discrimina según la preferencia sexual, sino que coloca a esos chicos en igualdad con los demás. “Al no estar reconocido el coadoptante, no se les puede transferir una obra social ni pueden heredar o reclamar la pensión alimentaria de parte de ambos contrayentes. Si muere el adoptante, el niño queda huérfano porque no se reconoce legalmente a la pareja”. En el mismo sentido fue la brillante y valiente exposición de la librera Carolina Frangoulis, quien durante la audiencia senatorial realizada en la Legislatura de Tucumán dijo que ella, su mujer y el hijo de ambas no querían una ley de matrimonio homosexual sino de matrimonio igualitario, con los mismos derechos para todos.
La astucia de la serpiente
Durante la última reunión episcopal se discutió la estrategia contraria a la reforma. Bergoglio sostuvo la conveniencia de usar la astucia y no encerrarse en una negativa frontal que incluso pudiera provocar malestar dentro de su propia feligresía. Muchos creyentes de ese culto, incluso sacerdotes, señalan que la pareja heterosexual indisoluble es una creación cultural y que Jesús nunca condenó la homosexualidad, pero sí la hipocresía. Según el obispo porteño lo más conveniente era admitir la unión civil entre quienes no calificaran para el sacramento católico en razón de su sexo. En contra se alzó Aguer uno de cuyos auxiliares, Antonio Marino, quedó a cargo del lobby confesional sobre el Congreso. Cuando se pasó a votar, la posición de Aguer se impuso. Sin embargo, la táctica insidiosa de Bergoglio se abrió camino en el Senado, donde legisladores de distintos bloques dieron dictamen instantáneo de comisión a otro proyecto que consagra la unión civil pero privada de los principales efectos del matrimonio, tanto patrimoniales como previsionales, que desprotege a los hijos de la pareja, prohíbe la adopción y la fertilización asistida (derecho que hoy existe para todo ciudadano de cualquier orientación sexual) y consagra en forma explícita la discriminación y el desprecio: su último artículo establece una “cláusula de conciencia” por la cual cualquier persona, sea funcionario público o no, que “tuviere que intervenir en actos jurídicos o administrativos” vinculados con esta ley podría oponerse al trato con homosexuales. Para llegar a esta propuesta, fue necesario un subterfugio que circunvalara los artículos 78 y 81 de la Constitución que regulan el trámite de las leyes entre las dos cámaras del Congreso. Recibida la media sanción, la llamada cámara revisora puede aprobar el mismo proyecto, rechazarlo o introducirle adiciones o correcciones. Si lo aprueba, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación, si lo rechaza no puede volver a tratarse hasta el año siguiente. En caso de que le introduzca adiciones o correcciones por mayoría, vuelve a la Cámara de origen, que sólo necesita la misma mayoría para convertirlo en ley. La Comisión de Legislación General, que el Grupo Ahhh... puso en manos de la senadora del Opus Dei Liliana Negre, obtuvo nueve votos para su dictamen de mayoría que aconsejó rechazar la sanción de Diputados (la propia Negre, el mendocino y la formoseña del Frente para la Victoria Rolando Bermejo y Adriana Bortolozzi de Floro Bogado; los radicales Ramón Mestre, José M. Cano, Mario Cimadevilla y José Roldán y la peronista opositora Sonia Escudero) contra seis del oficialismo y, en este caso también de Luis Juez que aconsejaron aprobarlo. Pero esa mayoría firmó al mismo tiempo un segundo dictamen, a favor de la unión civil, que incluyó en el mismo Orden del Día del miércoles 14. Su resultado es incierto, ya que los pronunciamientos conocidos son muy parejos y resta un número significativo de declarados indecisos. Pero de reunir mayoría para el rechazo el bloque clerical debería asumir ante la sociedad el haber frustrado por lo menos hasta 2011 el reconocimiento de derechos que según los sondeos de opinión pública gozan de amplio consenso. La astucia sugerida por Bergoglio consistió en que el segundo proyecto, de unión civil, se presenta como independiente del rechazado. Si reuniera la mayoría de los votos del Senado, podría pasar a Diputados este mismo año. Como señaló el presidente del bloque del Frente para la Victoria, Miguel Pichetto, en una nota al ingeniero Julio Cobos, esto transgrede la restricción constitucional ya que los seis proyectos de unión o contrato civil (de los senadores Bortolozzi de Bogado, Escudero, Juan Carlos Romero, Laura Montero, Luis Petcoff Naidenoff y Emilio Rached) se presentaron entre el 17 de mayo y el 5 de julio, cuando el Senado ya había recibido la sanción de Diputados. En sus fundamentos Bortolozzi admite que su proyecto propone una “solución intermedia” cuando “ya obtuvo media sanción la reforma” y Montero señala que el Senado debe actuar como cámara revisora del proyecto de la Cámara de Diputados. Lo mismo se planteó en todas las audiencias convocadas por Negre. El artículo 81 es inequívoco: si hay rechazo debe esperarse un año. Pasado mañana, en desafío a los efluvios del martes 13, el Episcopado lanzará sobre el Congreso todas sus huestes, para lo cual recurrirá al público cautivo que es el alumnado de las escuelas católicas, subvencionadas por un Estado generoso. Bergoglio envió una circular a párrocos, rectores y capellanes de iglesias convocándolos bajo el lema “Queremos mamá y papá”. Otro tanto harán los demás obispos en sus respectivas sedes. Un anticipo lo suministró el vicepresidente de la Iglesia, Luis Villalba, durante el Tedéum que ofició el 9 de julio en Tucumán. Luego de precisar su oposición a la igualdad en la ley de matrimonio, Villalba exhortó a “pasar de un modelo de conflicto a un modelo de convivencia armoniosa, respetando las diferencias” (sic).
Cuestión de derechos
Durante las sesiones de comisión, la senadora Negre seleccionó en forma cuidadosa a quiénes se permitía exponer su posición y asistir a las audiencias, y a quiénes no. La idea que defiende la Iglesia Católica es que la legislación civil debe subordinarse a los sacramentos de su culto, que se ajustarían por voluntad divina al supuesto derecho natural, conjunto de conceptos que el creador del mundo habría inscripto en la conciencia de cada ser humano. Hace apenas catorce décadas el Código Civil obra de Dalmacio Vélez Sársfield sólo reconocía el matrimonio religioso, de acuerdo con las normas del derecho canónico. La ley de matrimonio civil provocó un gran escándalo político en 1888, al separar la institución religiosa, regida por el derecho canónico, de la institución civil, tendiente a proteger derechos de las personas de acuerdo con las leyes que no dicta el papa de Roma sino el Congreso de la Nación. Hoy se percibe sin esfuerzo el absurdo de aquella situación en la que nadie podía casarse si no era católico. Pero todavía debieron pasar 66 años más para que el Congreso declarara que una sentencia judicial de divorcio podía devolver a las partes su capacidad para intentarlo otra vez. Esta reforma a la ley de matrimonio, sancionada por el Congreso en 1954, fue una de las causas para el golpe cívico-militar del año siguiente, promovido y organizado por la jerarquía católica. Esa ley, como la propia Constitución Nacional, fue anulada por un bendito decreto de facto. La discusión se reabrió en la segunda mitad de la década de 1980. Fue la Corte Suprema de Justicia la que destrabó el conflicto al declarar inconstitucional el artículo de la ley de matrimonio que prohibía su disolución y condenaba a la desprotección perpetua a casi una cuarta parte del total de las familias, llamadas monoparentales y a los hijos nacidos de uniones de hecho. Hasta el día de hoy la Iglesia Católica sólo reconoce como casadas a las personas que han pasado por el altar. También ahora varios casos de matrimonios prohibidos por el sexo de los contrayentes aguardan en la Corte Suprema.
Además del Código Civil, el matrimonio debe conformarse a normas de jerarquía superior, como los tratados internacionales sobre Derechos Humanos que autorizan a contraer matrimonio y constituir una familia y, desde la reforma de 1994 gozan de la misma jerarquía que la propia Constitución. El artículo 14 bis de la Constitución obliga al Estado a proteger a la familia y su artículo 19 protege la libre determinación de las personas para elegir su plan de vida, sin interferencia del Estado. En el reciente caso “Arriola”, la Corte Suprema de Justicia reconoció que las conductas privadas que no ocasionan peligro o daño a terceros se encuentran amparadas por ese artículo, ya que “el Estado no puede establecer una moral” sino “garantizar un ámbito de libertad moral” y no puede penar “conductas que son, justamente, el ejercicio de la autonomía ética que el Estado debe garantizar”, sino aquellas que afectan su ejercicio.
El matrimonio es la institución civil fundamental para el desarrollo de la personalidad y la protección de los derechos humanos de sus integrantes y no resulta admisible excluir a nadie de esos beneficios en razón de su orientación sexual, dado que de ello dependen los derechos previsionales, laborales, patrimoniales y sucesorios. Si además de los contrayentes se considera a los niños, están en juego los derechos a la adopción conjunta, a la adopción del hijo del cónyuge, huérfano de padre o madre; a recibir visitas, al usufructo conjunto de los bienes, para proteger a las niñas y los niños. Los principios de igualdad e igual protección ante la ley y de no discriminación contenidos en esos tratados internacionales han sido considerados fundamentales por la Comisión y por la Corte Interamericana ya que sobre ellos “descansa todo el andamiaje jurídico del orden público nacional e internacional”. Según la Corte, estos principios obligan a los Estados a eliminar de su legislación cualquier disposición discriminatoria. La Comisión sostiene que todas las personas tienen los mismos derechos y deberes sin distinción de sexo. Sólo es admisible alguna restricción si puede fundamentarse en una necesidad social imperiosa y si satisface “un interés público imperativo” de una sociedad democrática. La jerarquía católica pretende que esa institucionalidad supranacional, que la Constitución ha convertido en ley suprema, se subordine a sus propias reglas dictadas por el obispo de Roma.
Por Horacio Verbitsky
El proyecto de ley de Unión Civil impulsado con el mayor sigilo por el presidente de la Iglesia Católica argentina, Jorge Bergoglio, procura restringir en virtud de la orientación sexual derechos que la Constitución y las leyes reconocen a todas las personas que viven en el país. La Unión Civil obraría así como un elemento de identificación de las personas a ser discriminadas, al estilo del triángulo rosa que debían utilizar los homosexuales en Alemania durante el gobierno nazi y que la Comunidad Homosexual Argentina ha estilizado en su distintivo. El proyecto, presentado en forma irregular y violatoria de los preceptos constitucionales sobre la formación de las leyes, constituye así una trampa: ofrece ciertos beneficios aparentes, que en asuntos previsionales, patrimoniales y sucesorios deben celebrarse mediante convenios separados como si se tratara de transacciones comerciales entre desconocidos, a cambio de la estigmatización de quienes se sometan en forma voluntaria a ese régimen de tipo inquisitorial. Incluso obliga a fijar un sitio de residencia común.
La guerra santa
Forma parte de la cerrada ofensiva del Episcopado Católico, dirigida al gobierno nacional pero que ataca a la institucionalidad democrática en su conjunto. La reforma a la ley de matrimonio civil dividió a todos los bloques y sólo forzando la realidad podría atribuirse sólo al oficialismo. El 25 de mayo, el Episcopado transmitió al gobierno nacional un pedido de amnistía firmado por los ex dictadores Jorge Videla y Benito Bignone, el sacerdote Christian von Wernich y un centenar de ex militares, marinos, policías, penitenciarios y agentes civiles de Inteligencia detenidos por su participación en crímenes de lesa humanidad. Como la entrega se realizó sin la nota de estilo que la acompañara, el Poder Ejecutivo devolvió la solicitud al Episcopado sin comentarios. En junio Bergoglio presentó un manifiesto opositor elaborado por Roberto Dromi, José Jaunarena y otros ministros de Menem, De la Rúa y Duhalde, que reclama autarquía para el Banco Central, eliminar retenciones a la soja, minimizar las políticas sociales, fundir Seguridad con Defensa y reprimir el conflicto social. Algunas de estas son políticas centrales de los gobiernos kirchneristas, pero otras constituyen consensos básicos de la democracia recuperada en 1983. Para explicar su oposición a la ley de matrimonio, el cardenal porteño dijo que se trataba de “una guerra de Dios” contra “el Padre de la Mentira”, ya que Satanás pretende destruir “el plan de Dios” y la ley divina, “grabada en nuestros corazones”. El vicejefe del gabinete de ministros a cargo de las relaciones parlamentarias y dirigente socialista Oscar González, rechazó esta posición “fundamentalista” que “irrumpe con inusitada violencia en el ámbito de la deliberación democrática y llama al odio entre los argentinos. Quien debiera estar predicando la paz y la tolerancia anda convocando a una guerra santa y a realizar actos políticos callejeros para presionar al Senado de la Nación”. El obispo de La Plata, Héctor Aguer, dijo el viernes que se trataba de una guerra cultural contra el catolicismo. Bergoglio y Aguer fueron los principales colaboradores del ex primado de la Argentina, Antonio Quarracino, quien en 1994 dijo que lesbianas y gays eran “una sucia mancha en el rostro de la Nación”, que debería encerrarlos en un ghetto, dentro del que podrían hacer lo que quisieran. La idea de una ley divina, estricta e inmutable, cuya interpretación sólo corresponde a una casta sacerdotal, y todo apartamiento de la cual debe ser punido como una subversión demoníaca del orden natural, está en la base de la represión dictatorial que con la bendición de la jerarquía católica destrozó a la Argentina entre 1976 y 1983.
Ocho años de vértigo
El primer proyecto de Unión Civil fue presentado en 2005 por la Comunidad Homosexual Argentina. A diferencia de la ley porteña sancionada en 2002, la elaborada por la CHA incorporaba todos los derechos (pensión, patria potestad compartida y adopción, herencia, beneficios previsionales y de obra social) para todas las parejas, con indiferencia del sexo de sus integrantes. Esta unión civil contemplaba una menor injerencia del Estado que en el matrimonio: no exigía la monogamia, ni regulaba la anulación del contrato por la existencia de ciertas condiciones físicas y de salud, pero no fue tratado por el Congreso. Dos años después la exigencia ya pasaba por la equiparación plena con el matrimonio heterosexual. Otros proyectos similares llevaron la firma de legisladores de los principales bloques. El proceso político se aceleró a partir de noviembre de 2009 por la sucesión de fallos judiciales que permitieron el matrimonio de varias parejas de hombres y otras de mujeres, en algunos casos previa declaración de inconstitucionalidad del artículo 172 del Código Civil que requiere que los contrayentes sean un hombre y una mujer. El 4 de mayo, por 125 a 109 y seis abstenciones, la Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de Vilma Ibarra, que hoy integra el Nuevo Encuentro de Martín Sabbatella, y de la socialista Silvia Augsburguer. Tanto las posiciones a favor como en contra cruzan el espectro político: 45 kirchneristas y aliados votaron a favor y 30 en contra, con 10 ausentes; 46 radicales y sus aliados del socialismo, el GEN y la Coalición Cívica Libertadora apoyaron la ley, pero 18 se opusieron, cuatro se abstuvieron y uno se ausentó. Sin embargo, la jerarquía católica decidió cuestionar al gobierno nacional y no a los otros partidos. Tanto esas sentencias como la sanción legislativa no establecen derechos diferentes según el sexo de quienes contraigan matrimonio. Tampoco obligan a la fidelidad ni la cohabitación. Durante el debate sobre la legislación de un estado laico, Ibarra aclaró que su proyecto no da derechos a adoptar a homosexuales y lesbianas, que ya lo tienen, dado que la ley de adopción no discrimina según la preferencia sexual, sino que coloca a esos chicos en igualdad con los demás. “Al no estar reconocido el coadoptante, no se les puede transferir una obra social ni pueden heredar o reclamar la pensión alimentaria de parte de ambos contrayentes. Si muere el adoptante, el niño queda huérfano porque no se reconoce legalmente a la pareja”. En el mismo sentido fue la brillante y valiente exposición de la librera Carolina Frangoulis, quien durante la audiencia senatorial realizada en la Legislatura de Tucumán dijo que ella, su mujer y el hijo de ambas no querían una ley de matrimonio homosexual sino de matrimonio igualitario, con los mismos derechos para todos.
La astucia de la serpiente
Durante la última reunión episcopal se discutió la estrategia contraria a la reforma. Bergoglio sostuvo la conveniencia de usar la astucia y no encerrarse en una negativa frontal que incluso pudiera provocar malestar dentro de su propia feligresía. Muchos creyentes de ese culto, incluso sacerdotes, señalan que la pareja heterosexual indisoluble es una creación cultural y que Jesús nunca condenó la homosexualidad, pero sí la hipocresía. Según el obispo porteño lo más conveniente era admitir la unión civil entre quienes no calificaran para el sacramento católico en razón de su sexo. En contra se alzó Aguer uno de cuyos auxiliares, Antonio Marino, quedó a cargo del lobby confesional sobre el Congreso. Cuando se pasó a votar, la posición de Aguer se impuso. Sin embargo, la táctica insidiosa de Bergoglio se abrió camino en el Senado, donde legisladores de distintos bloques dieron dictamen instantáneo de comisión a otro proyecto que consagra la unión civil pero privada de los principales efectos del matrimonio, tanto patrimoniales como previsionales, que desprotege a los hijos de la pareja, prohíbe la adopción y la fertilización asistida (derecho que hoy existe para todo ciudadano de cualquier orientación sexual) y consagra en forma explícita la discriminación y el desprecio: su último artículo establece una “cláusula de conciencia” por la cual cualquier persona, sea funcionario público o no, que “tuviere que intervenir en actos jurídicos o administrativos” vinculados con esta ley podría oponerse al trato con homosexuales. Para llegar a esta propuesta, fue necesario un subterfugio que circunvalara los artículos 78 y 81 de la Constitución que regulan el trámite de las leyes entre las dos cámaras del Congreso. Recibida la media sanción, la llamada cámara revisora puede aprobar el mismo proyecto, rechazarlo o introducirle adiciones o correcciones. Si lo aprueba, pasa al Poder Ejecutivo para su promulgación, si lo rechaza no puede volver a tratarse hasta el año siguiente. En caso de que le introduzca adiciones o correcciones por mayoría, vuelve a la Cámara de origen, que sólo necesita la misma mayoría para convertirlo en ley. La Comisión de Legislación General, que el Grupo Ahhh... puso en manos de la senadora del Opus Dei Liliana Negre, obtuvo nueve votos para su dictamen de mayoría que aconsejó rechazar la sanción de Diputados (la propia Negre, el mendocino y la formoseña del Frente para la Victoria Rolando Bermejo y Adriana Bortolozzi de Floro Bogado; los radicales Ramón Mestre, José M. Cano, Mario Cimadevilla y José Roldán y la peronista opositora Sonia Escudero) contra seis del oficialismo y, en este caso también de Luis Juez que aconsejaron aprobarlo. Pero esa mayoría firmó al mismo tiempo un segundo dictamen, a favor de la unión civil, que incluyó en el mismo Orden del Día del miércoles 14. Su resultado es incierto, ya que los pronunciamientos conocidos son muy parejos y resta un número significativo de declarados indecisos. Pero de reunir mayoría para el rechazo el bloque clerical debería asumir ante la sociedad el haber frustrado por lo menos hasta 2011 el reconocimiento de derechos que según los sondeos de opinión pública gozan de amplio consenso. La astucia sugerida por Bergoglio consistió en que el segundo proyecto, de unión civil, se presenta como independiente del rechazado. Si reuniera la mayoría de los votos del Senado, podría pasar a Diputados este mismo año. Como señaló el presidente del bloque del Frente para la Victoria, Miguel Pichetto, en una nota al ingeniero Julio Cobos, esto transgrede la restricción constitucional ya que los seis proyectos de unión o contrato civil (de los senadores Bortolozzi de Bogado, Escudero, Juan Carlos Romero, Laura Montero, Luis Petcoff Naidenoff y Emilio Rached) se presentaron entre el 17 de mayo y el 5 de julio, cuando el Senado ya había recibido la sanción de Diputados. En sus fundamentos Bortolozzi admite que su proyecto propone una “solución intermedia” cuando “ya obtuvo media sanción la reforma” y Montero señala que el Senado debe actuar como cámara revisora del proyecto de la Cámara de Diputados. Lo mismo se planteó en todas las audiencias convocadas por Negre. El artículo 81 es inequívoco: si hay rechazo debe esperarse un año. Pasado mañana, en desafío a los efluvios del martes 13, el Episcopado lanzará sobre el Congreso todas sus huestes, para lo cual recurrirá al público cautivo que es el alumnado de las escuelas católicas, subvencionadas por un Estado generoso. Bergoglio envió una circular a párrocos, rectores y capellanes de iglesias convocándolos bajo el lema “Queremos mamá y papá”. Otro tanto harán los demás obispos en sus respectivas sedes. Un anticipo lo suministró el vicepresidente de la Iglesia, Luis Villalba, durante el Tedéum que ofició el 9 de julio en Tucumán. Luego de precisar su oposición a la igualdad en la ley de matrimonio, Villalba exhortó a “pasar de un modelo de conflicto a un modelo de convivencia armoniosa, respetando las diferencias” (sic).
Cuestión de derechos
Durante las sesiones de comisión, la senadora Negre seleccionó en forma cuidadosa a quiénes se permitía exponer su posición y asistir a las audiencias, y a quiénes no. La idea que defiende la Iglesia Católica es que la legislación civil debe subordinarse a los sacramentos de su culto, que se ajustarían por voluntad divina al supuesto derecho natural, conjunto de conceptos que el creador del mundo habría inscripto en la conciencia de cada ser humano. Hace apenas catorce décadas el Código Civil obra de Dalmacio Vélez Sársfield sólo reconocía el matrimonio religioso, de acuerdo con las normas del derecho canónico. La ley de matrimonio civil provocó un gran escándalo político en 1888, al separar la institución religiosa, regida por el derecho canónico, de la institución civil, tendiente a proteger derechos de las personas de acuerdo con las leyes que no dicta el papa de Roma sino el Congreso de la Nación. Hoy se percibe sin esfuerzo el absurdo de aquella situación en la que nadie podía casarse si no era católico. Pero todavía debieron pasar 66 años más para que el Congreso declarara que una sentencia judicial de divorcio podía devolver a las partes su capacidad para intentarlo otra vez. Esta reforma a la ley de matrimonio, sancionada por el Congreso en 1954, fue una de las causas para el golpe cívico-militar del año siguiente, promovido y organizado por la jerarquía católica. Esa ley, como la propia Constitución Nacional, fue anulada por un bendito decreto de facto. La discusión se reabrió en la segunda mitad de la década de 1980. Fue la Corte Suprema de Justicia la que destrabó el conflicto al declarar inconstitucional el artículo de la ley de matrimonio que prohibía su disolución y condenaba a la desprotección perpetua a casi una cuarta parte del total de las familias, llamadas monoparentales y a los hijos nacidos de uniones de hecho. Hasta el día de hoy la Iglesia Católica sólo reconoce como casadas a las personas que han pasado por el altar. También ahora varios casos de matrimonios prohibidos por el sexo de los contrayentes aguardan en la Corte Suprema.
Además del Código Civil, el matrimonio debe conformarse a normas de jerarquía superior, como los tratados internacionales sobre Derechos Humanos que autorizan a contraer matrimonio y constituir una familia y, desde la reforma de 1994 gozan de la misma jerarquía que la propia Constitución. El artículo 14 bis de la Constitución obliga al Estado a proteger a la familia y su artículo 19 protege la libre determinación de las personas para elegir su plan de vida, sin interferencia del Estado. En el reciente caso “Arriola”, la Corte Suprema de Justicia reconoció que las conductas privadas que no ocasionan peligro o daño a terceros se encuentran amparadas por ese artículo, ya que “el Estado no puede establecer una moral” sino “garantizar un ámbito de libertad moral” y no puede penar “conductas que son, justamente, el ejercicio de la autonomía ética que el Estado debe garantizar”, sino aquellas que afectan su ejercicio.
El matrimonio es la institución civil fundamental para el desarrollo de la personalidad y la protección de los derechos humanos de sus integrantes y no resulta admisible excluir a nadie de esos beneficios en razón de su orientación sexual, dado que de ello dependen los derechos previsionales, laborales, patrimoniales y sucesorios. Si además de los contrayentes se considera a los niños, están en juego los derechos a la adopción conjunta, a la adopción del hijo del cónyuge, huérfano de padre o madre; a recibir visitas, al usufructo conjunto de los bienes, para proteger a las niñas y los niños. Los principios de igualdad e igual protección ante la ley y de no discriminación contenidos en esos tratados internacionales han sido considerados fundamentales por la Comisión y por la Corte Interamericana ya que sobre ellos “descansa todo el andamiaje jurídico del orden público nacional e internacional”. Según la Corte, estos principios obligan a los Estados a eliminar de su legislación cualquier disposición discriminatoria. La Comisión sostiene que todas las personas tienen los mismos derechos y deberes sin distinción de sexo. Sólo es admisible alguna restricción si puede fundamentarse en una necesidad social imperiosa y si satisface “un interés público imperativo” de una sociedad democrática. La jerarquía católica pretende que esa institucionalidad supranacional, que la Constitución ha convertido en ley suprema, se subordine a sus propias reglas dictadas por el obispo de Roma.
No hay comentarios:
Publicar un comentario